Detalles sobre la medición posterior de las propiedades de inversión (PI)
Las implicaciones que dicha medición pueda tener en la situación financiera de las empresas ha sido motivo de varias consultas al CTCP.Openx [71](300x120)

19 de Agosto de 2025
La medición posterior de las propiedades de inversión (PI) ha generado varias dudas sobre sus implicaciones en la situación financiera de las empresas:
— ¿Cómo es la medición posterior de las PI, al costo o al valor razonable?
— ¿Se puede elegir a voluntad el modelo de medición posterior de las PI?
— ¿El efecto de la medición posterior de las PI se contabiliza en el ORI?
— ¿Las PI se deprecian?
— ¿Se pueden distribuir a los socios las utilidades de la medición posterior de las PI aun estando en uso por la empresa?
— ¿Las microempresas pueden reconocer PI en sus estados financieros?
Las respuestas a estas inquietudes, en la siguiente tabla:
Medición posterior de las propiedades de inversión (PI) |
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Grupo 2 |
Grupo 1 |
Grupo 3 |
Modelo del valor razonable. Es el modelo de preferencia para el Grupo 2. Solo cuando el valor razonable no se pueda medir con fiabilidad se utiliza el modelo del costo de las propiedades, planta y equipo, es decir, costo menos depreciación acumulada y deterioro de valor (CTCP, Conceptos: 61/16, 176/17, 541/17, 94/21). El cambio en el valor razonable se reconoce en el estado de resultados y NO en el ORI (CTCP, Conceptos: 147 /19, 127/23).
en el valor razonable esté en el estado de resultados no implica que se puedan distribuir como dividendo. Solo las utilidades efectivamente realizadas pueden ser distribuidas como dividendos (CTCP, Conceptos: 184/24).
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Para el Grupo 1 se puede elegir la aplicación del modelo del valor razonable (en las mismas condiciones que el Grupo 2) o el modelo del costo (en las mismas condiciones que las propiedades, planta y equipo - Costo menos depreciación acumulada y deterioro de valor). |
Para las microempresas no se incluyó esta categoría de propiedades de inversión, porque para este grupo la base de medición es el costo histórico (véase DUR 2420/15, anexo 3, cap. 2, párrs. 2.25 a 2.27). Por lo tanto, la microempresa que tenga bienes inmuebles para arrendar o generar plusvalía los reconocerán como propiedades, planta y equipo y los medirán posteriormente utilizando el modelo del costo. |
Un detalle de interés no relacionado con la medición posterior, pero de mucha utilidad: no es posible clasificar como propiedad de inversión el mobiliario destinado para amoblar un inmueble que se va a arrendar. La clasificación de este mobiliario debe ser como propiedad, planta y equipo (CTCP, Conceptos: 390/24).
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