Viáticos ocasionales de los empleados oficiales no son base para presentar declaración de renta (10:30 a.m.)
01 de Diciembre de 2011
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Nota:
77572
Los viáticos destinados exclusivamente a sufragar en forma ocasional los gastos de manutención y alojamiento de los empleados del sector oficial, durante el desempeño de comisiones oficiales, no hacen parte de la remuneración ordinaria del servicio, pues son gastos directos de la respectiva entidad. Por lo tanto, no se acumulan como ingreso bruto dentro de la base para declarar renta anual. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de octubre.
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