Valor patrimonial neto de bienes excluidos de la base de cálculo de renta presuntiva se determina por cada contribuyente (4:00 p.m.)
19 de Julio de 2016
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Nota:
124591
La certificación del valor patrimonial neto de los activos fijos inmuebles adquiridos y/o destinados al control y mejoramiento del medio ambiente por las empresas públicas de acueducto y alcantarillado de que trata el numeral cuarto del artículo 295-2 del Estatuto Tributario, con el fin de determinar la base gravable del impuesto a la riqueza, deberá calcularse conforme lo descrito en el artículo 193 por cada uno de los contribuyentes, es decir, ninguna autoridad está facultada para ello, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. De acuerdo con el Oficio 22601 del 2015, la autoridad competente para certificar que dichos activos inmuebles fueron adquiridos y destinados para el fin mencionado es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. “El valor patrimonial neto de los bienes que se excluyen de la base de cálculo de la renta presuntiva es el que se obtenga de multiplicar el valor patrimonial del bien por el porcentaje que resulte de dividir el patrimonio líquido por el patrimonio bruto, del año gravable base para el cálculo de la presunción.”
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