Un mismo hecho u omisión que implica dos o más infracciones aduaneras da lugar a la sanción más grave
04 de Agosto de 2020
Reproducir
Nota:
117135
Cuando con un mismo hecho u omisión el usuario aduanero incurre en dos o más infracciones administrativas aduaneras se debe aplicar la sanción más grave, prevaleciendo en su orden la cancelación a la multa, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 607 del Decreto 1165 del 2019, indicó la Dian. Siguiendo el criterio establecido en el artículo 603, la sanción más grave aplicable a las agencias de aduanas corresponde a la suspensión o cancelación de la autorización, inscripción o habilitación para ejercer actividades.
Opina, Comenta