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Venta de vehículos destinados a test drive materializa el hecho generador del impuesto nacional al consumo (8:25 a.m.)

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10 de Diciembre de 2018

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La venta de vehículos efectuada por el importador o distribuidor mayorista a los concesionarios, destinados estos a la demostración (test drive), materializa el hecho generador del impuesto nacional al consumo, pues la necesidad de demostración no impide en modo alguno el ejercicio de la actividad económica, es decir, la compra de venta de vehículos, por lo que no puede considerarse como ligada intrínsecamente, indicó la Dian. El sujeto pasivo del impuesto nacional al consumo es el consumidor final de los bienes objeto del tributo, lo cual se presenta cuando se adquieren, disfrutan o utilizan para la satisfacción de una necesidad propia, privada, familiar o doméstica y empresarial, cuando no esté ligada intrínsecamente a la actividad económica.  

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