14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Transporte público terrestre especial está gravado con el impuesto sobre las ventas (4:10 p.m.)

30 de Marzo de 2016

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Nota:
105960
El precio o tarifa a cobrar por el servicio de transporte público terrestre de pasajeros lo fija el alcalde en cada municipio y, si es intermunicipal, lo fija el Ministerio de Transporte, aspecto que lo diferencia puntualmente del transporte privado, en el cual las partes fijan libremente la tarifa, tal como ocurre con el transporte público terrestre automotor especial, de acuerdo con lo reglamentado en el Decreto 348 del 2015. Por lo tanto, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, este último está gravado con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general, siendo diferente al transporte público de pasajeros, en el que prevalece la libertad de acceso en igualdad de condiciones del público en general, siendo el precio público el autorizado por el Estado y el cual corresponde al servicio previsto en el numeral 2° del artículo 476 del Estatuto Tributario, sobre servicios excluidos.

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