Se definen los requisitos para tramitar el estado de cuenta por concepto de la contribución de valorización para fines notariales (2:03 p.m.)
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03 de Mayo de 2010
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El Instituto de Desarrollo Urbano, a través de la Resolución 1024 del pasado 9 de abril, estableció los requisitos para tramitar el estado de cuenta por concepto de la contribución de valorización para fines notariales, teniendo en cuenta las transformaciones jurídicas que tienen los inmuebles a través del tiempo, como englobes, desenglobes, cambio de uso, entre otros. Se entiende por dicho estado de cuenta el paz y salvo que expide la entidad cuando el inmueble no tiene deuda pendiente por concepto de todas las asignaciones de la contribución de valorización y el contribuyente requiere adelantar trámites notariales de venta, dación en pago, cesión, sucesión, etc.
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