Se debe notificar en la dirección informada por el contribuyente en la última declaración de renta (3:48 p.m.)
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08 de Julio de 2013
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La regla general es que los actos de la administración se notifiquen a la última dirección informada por el contribuyente en la última declaración de renta, o en el formato oficial de cambio de dirección, señaló la Sección Cuarta del Consejo de Estado. La excepción a esta regla solo opera cuando en un proceso de determinación y discusión del impuesto el contribuyente señale expresamente una dirección para que se le notifiquen los actos correspondientes, agregó. En la sentencia, el alto tribunal recordó que, de acuerdo con el artículo 48 del Código Contencioso Administrativo, mientras los actos no se notifiquen, no producen efecto ni son oponibles a los destinatarios (C. P. Carmen Teresa Ortiz).
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