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Se amplía plazo de pago para acogidos al mecanismo de obras por impuestos

Los contribuyentes podrán pagar el saldo de la respectiva declaración a más tardar el 31 de agosto del 2023.
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02 de Junio de 2023

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Los contribuyentes que a 31 de marzo del 2023 hayan solicitado la vinculación del impuesto de renta a “Obras por Impuestos” podrán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios hasta el 31 de mayo del 2023 y pagar el saldo de la respectiva declaración a más tardar el 31 de agosto del 2023. 

 

Concretamente, el Ministerio de Hacienda hizo las siguientes modificaciones con el Decreto 849: 

 

Modifica los artículos 1.6.1.13.2.22 y 1.6.1.13.2.23 para cambiar del 31 de mayo del 2023 al 31 de agosto del presente año el plazo para pagar el saldo de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del contribuyente. Esto aplica para personas jurídicas y grandes contribuyentes que a 31 de marzo del 2023 hayan solicitado la vinculación del impuesto al mecanismo de pago de “Obras por Impuestos”. El plazo de presentación de la declaración en mención se mantendría para el 31 de mayo. 

 

Además, se modificó el inciso 2 del artículo 1.6.1.13.2.24, que cambia el plazo para realizar el pago del saldo del impuesto sobre la renta y complementarios (del 31 de mayo al 31 de agosto), cuando la solicitud de vinculación al mecanismo no sea aprobada, o sea rechazada por causas diferentes a no cumplir con los requisitos establecidos. 

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