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Requerimiento especial tributario no es objeto de acción de nulidad (8:00 a.m.)

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25 de Febrero de 2014

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El Consejo de Estado advirtió que no es procedente la declaratoria de nulidad de un requerimiento especial, toda vez que es un acto de simple trámite que no crea una situación jurídica de carácter particular, en tanto se limita a proponer las modificaciones que la administración pretende efectuar a la liquidación privada. Por tanto, atendiendo a su naturaleza de acto preparatorio, no es objeto de control jurisdiccional, indicó la sala (C.P. Jorge Octavio Ramírez).

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