Regulan devolución del IVA por servicios adquiridos en zonas de frontera (4:07 p.m.)
26 de Abril de 2016
Reproducir
Nota:
106404
La Dian devolverá a los extranjeros no residentes en Colombia, por la adquisición de servicios gravados en los establecimientos de comercio ubicados en las unidades especiales de desarrollo fronterizo, el 100 % del impuesto sobre las ventas, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos determinados, en particular los montos objeto de devolución. Así, podrán solicitar la devolución cuando su cuantía, incluido el IVA, sea igual o superior a 10 UVT. El monto máximo a devolverse por persona será hasta por un valor equivalente a 100 UVT. Así mismo, señala puntualmente qué servicios gravados tienen derecho a la devolución, entre ellos servicios prestados por las agencias de viajes, servicios de alojamiento cuando no forman parte de paquetes o planes turísticos, peluquerías y otros tratamientos belleza y servicio de parqueadero público. Por último, precisa el procedimiento, término y mecanismo para efectuar dicha devolución.
Opina, Comenta