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Reglamentarían PND en lo relacionado con pago de sentencias o conciliaciones en mora (3:33 p.m.)

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03 de Diciembre de 2019

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El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de norma para reglamentar el artículo 53 de la Ley 1955 del 2019, Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del presupuesto general de la Nación para el pago de sentencias o conciliaciones en mora. Para el reconocimiento como deuda pública, las entidades deberán allegar solicitud escrita de su representante legal, dirigida al Minhacienda – Dirección General de Crédito Público, acompañada del acto administrativo expedido por el mismo en el que se identifiquen las obligaciones de pago mencionadas. La norma discrimina la información mínima que se deberá incluir. Mediante acto administrativo las entidades estatales discriminarán los montos y beneficiarios finales de las providencias en mora de su pago a la fecha de entrada en vigencia del PND. Para este propósito, podrán compilar en una misma resolución varios acuerdos de pago, así como aquellas providencias que no sean objeto de acuerdos de pago. El ministerio recibirá comentarios sobre el proyecto de decreto hasta el próximo 14 de diciembre, el texto completo puede ser consultado en el documento adjunto a esta nota.

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