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Régimen de transición por ajustes de diferencia de cambio aplica a personas naturales y jurídicas (8:20 a.m.)

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14 de Marzo de 2019

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La DIAN emitió un concepto ante el problema jurídico planteado sobre si a las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad con inversiones en sociedades extranjeras les cobijaba el régimen de transición por ajustes de diferencia de cambio. Lo anterior con la finalidad de determinar si deben tenerlo en cuenta al momento de declarar renta. Al respecto, la entidad consideró que, en virtud de lo dispuesto en artículo 291 del Estatuto Tributario, no existe distinción alguna respecto de si la persona que realiza la inversión extranjera es natural o jurídica, o si en el caso de tratarse de una persona natural está obligada a llevar contabilidad, por lo tanto el régimen de transición aplica a todos los contribuyentes. 

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