Recuerdan aspectos de causación del impuesto al consumo (8:33 a.m.)
28 de Agosto de 2014
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Nota:
62076
El Consejo de Estado reiteró que el impuesto al consumo se causa cuando la mercancía sale de la fábrica con destino a una bodega o sucursal ubicada en otro departamento, porque el productor entrega los bienes en planta para su distribución o venta, es decir, con fin de consumo. Así, los departamentos pueden tomar en cuenta las tornaguías de movilización para determinar la base de ese tributo, indicó. Adicionalmente, el fallo señaló que el impuesto a los cigarrillos de producción nacional con destino al deporte se causa en el mismo momento del impuesto al consumo de cigarrillo y tabaco elaborado; por ende, al modificarse este, es necesario variar el primero, debido a que se liquidan sobre la misma base gravable. El consejero Hugo Bastidas aclaró el voto (C. P. Martha Teresa Briceño).
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