Rectificación del avalúo catastral da lugar a reliquidar el impuesto predial (2:07 p.m.)
29 de Octubre de 2018
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Nota:
108959
Teniendo en cuenta que el avalúo catastral es la base para liquidar el impuesto predial corresponde a la administración municipal acoger los avalúos catastrales establecidos por la oficina de catastro correspondiente, ya sea originados en procesos de actualización, formación o rectificación en casos particulares. Así las cosas, precisó el Ministerio de Hacienda, si la autoridad catastral rectifica el avalúo de un inmueble, el municipio, con fundamento en la respectiva resolución, debe proceder a reliquidar el impuesto para cada uno de los años gravables a que haga referencia y, en consecuencia, ordenar el pago del mayor impuesto o la devolución de las sumas a que haya lugar, según el caso.
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