Proyecto de Ley de Financiamiento 2025: cambios relevantes
El proyecto se sustenta en tres pilares principales: la reducción del gasto tributario, la corrección de externalidades negativas y el fortalecimiento de la administración tributaria.Openx [71](300x120)

04 de Septiembre de 2025
Katherin Díaz Velilla
Abogada y magíster en Derecho Tributario Internacional
V&V Asociados
El reciente proyecto de Ley de Financiamiento, impulsado por el Ministerio de Hacienda, se presenta como una respuesta a una coyuntura fiscal excepcional, marcada por un desequilibrio estructural de las finanzas públicas.
Su objetivo declarado es financiar el Presupuesto General de la Nación para 2026, que contempla gastos superiores a los ingresos proyectados. El proyecto se sustenta en tres pilares principales: la reducción del gasto tributario, la corrección de externalidades negativas y el fortalecimiento de la administración tributaria.
(i) Reducción del gasto tributario: enfocándose en la equidad
El primer pilar se enfoca en la reducción del gasto tributario, que en 2023 representó el 8,5 % del PIB, siendo el IVA el componente más significativo con un 5,6 % con varias medidas, como las señaladas a continuación:
- Juegos de suerte y azar: se propone mantener el gravamen del 19 % de IVA a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet de forma permanente.
- Vehículos híbridos: los vehículos híbridos, que actualmente disfrutan de una tarifa preferencial del 5 % de IVA, pasarán a ser gravados con la tarifa general del 19 %. Se estima un recaudo adicional de $146 mil millones para 2026.
- Combustibles líquidos: el proyecto plantea una gradualidad para el IVA del ingreso al productor de combustibles. El IVA a la gasolina y el ACPM se incrementaría al 10 % en 2026 y a la tarifa general en 2027 y 2028, respectivamente. También se propone gravar con la tarifa general los biocombustibles en 2026 y 2027, con el fin de alinear la tributación ambiental y los principios de transición energética. Se espera un recaudo de $2,6 billones en 2026.
- Personas naturales y patrimonio: se eliminan beneficios como la deducción adicional por dependientes establecida en la Ley 2277 de 2022, manteniendo la renta exenta del 10 % de los ingresos brutos. Además, se incrementa la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales en rifas y apuestas al 30 %. En el impuesto al patrimonio, se amplía la base gravable al reducir el umbral de 72.000 UVT a 40.000 UVT.
(iii) Impuestos para mejorar el recaudo
El segundo pilar, se señala en el proyecto, que se enfoca en el uso de la política tributaria como una herramienta para corregir los efectos negativos del consumo y ciertas actividades económicas.
- Impuesto al consumo y al tabaco: se propone un aumento en las tarifas de estos impuestos para lograr una coherencia con el IVA. Los servicios de esparcimiento, culturales y deportivos, con entradas superiores a $500.000, pasarán a tener un impuesto al consumo del 19 %. Además, se incluyen en el impuesto al consumo productos como los vapeadores, con tarifas específicas y ad valorem.
- Impuesto al carbono: se propone un incremento en la tarifa por tonelada de CO2eq a $40.000, con el objetivo de acelerar la convergencia del país con las metas climáticas globales. También se modifica el mecanismo de no causación, reduciendo el beneficio al 30 % del impuesto causado.
- Impuesto especial a la extracción: se crea un impuesto especial del 1 % a la primera venta o exportación de hidrocarburos y carbón para empresas con renta líquida ordinaria superior a 50.000 UVT. Esta medida busca generar recursos adicionales (se estiman $869 mil millones en 2026) para impulsar actividades productivas no tradicionales y fomentar el desarrollo territorial.
(iii) Cambios en el recaudo, control y procedimiento
Finalmente, se incluyen algunos cambios en los procedimientos de la administración tributaria.
- Activos digitales: se establece un régimen tributario para los activos digitales, definiendo su costo fiscal, su ubicación y su tratamiento en la enajenación indirecta de activos subyacentes en Colombia. Además, se obliga a los proveedores de servicios de activos digitales a reportar a la Dian las operaciones de sus usuarios que superen las 1.400 UVT al año.
- Facturación y sanciones: se fortalece el uso de la factura electrónica como herramienta de control, unificando la periodicidad del IVA en un régimen bimestral para todos los responsables. Se introducen medidas para sancionar la reincidencia en la expedición de facturas sin los requisitos y se permite a los contribuyentes subsanar las irregularidades de forma voluntaria con sanciones reducidas.
- Normalización tributaria: se crea un impuesto complementario de normalización tributaria del 15 % para activos omitidos y pasivos inexistentes a 1º de enero de 2026. Esta medida busca sincerar patrimonios, ampliar la base gravable y generar un recaudo extraordinario a corto plazo.
Finalmente, se estima que el mayor recaudo, al ser destinado a inversión pública, generaría un crecimiento económico superior en 0,17pp en promedio para los próximos 10 años, en comparación con un escenario de recorte presupuestal.
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