Para cobrar contribución de valorización deben aplicarse las normas del cobro coactivo previstas en el Estatuto Tributario (4:22 p.m.)
26 de Abril de 2012
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Nota:
81224
Para cobrar las obligaciones tributarias de la contribución de valorización en el Distrito Capital deben aplicarse las normas previstas en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario en materia de cobro coactivo, afirmó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. En fallo del pasado 23 de febrero, la corporación recordó que la administración tributaria puede cobrar los créditos fiscales por sí misma y sin acudir a la autoridad judicial, a través del procedimiento especial establecido en esas normas (C.P. Carmen Teresa Ortiz).
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