Para acceder a los recursos de IVA en el servicio de telefonía móvil, municipios deben presentar proyectos viabilizados por los departamentos
22 de Abril de 2010
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Nota:
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Teniendo en cuenta que el artículo 37 de la Ley 1111 del 2006, que modificó el artículo 470 del Estatuto Tributario, dispuso que el servicio de telefonía móvil está gravado con el impuesto sobre las ventas a una tarifa del 20% y que el 4% adicional sobre la tarifa general debe destinarse a inversión social, para que los municipios puedan acceder a dichos recursos deben suscribir convenios y presentar proyectos que sean debidamente viabilizados por los departamentos, atendiendo los lineamientos establecidos, precisó el Ministerio de Hacienda, en reciente concepto. De otra parte, indicó que la Ley 1379 del 2009 (Red Nacional de Bibliotecas Públicas) ordena que por lo menos el 10% del total del incremento debe destinarse a la creación, fomento y fortalecimiento de bibliotecas públicas y mixtas.
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