15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Nulidad de un acto administrativo da lugar a la revisión de situaciones jurídicas producidas en su vigencia (3:30 p.m.)

09 de Abril de 2019

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Nota:
112464
Una vez ejecutoriada una sentencia que declara la nulidad parcial de un acto administrativo, las normas afectadas se entienden retiradas del ordenamiento jurídico y cesan sus efectos de manera inmediata, sin necesidad de otro acto que así lo determine. No obstante, indicó el Ministerio de Hacienda, sus efectos respecto de las situaciones jurídicas que se hayan producido durante su vigencia deben ser analizados a partir de cada caso concreto, teniendo especial cuidado sobre la consolidación o no de las mismas. Ahora bien, la decisión de modificar acuerdos municipales corresponde a la administración del respectivo municipio, quien evaluará la necesidad y pertinencia, teniendo en cuenta el artículo 237 del CPACA, según el cual no se puede reproducir ningún acto anulado o suspendido si conserva la esencia, a menos que hayan desaparecido los fundamentos legales de la suspensión o anulación.  

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