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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Tributario


No uso será causal de revocatoria de mecanismo de firma digital: DIAN

11 de Junio de 2014

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le revocará el mecanismo de firma digital a quien no haga uso de él en los dos años anteriores a la fecha en la que la entidad realice la respectiva verificación.

 

Así quedó establecido en la Resolución 114 del pasado 5 de junio, que modifica el artículo 3° de la Resolución 12717 del 2005, sobre los servicios informáticos electrónicos que presta la DIAN. Dicha norma se refiere a las condiciones para la emisión y revocatoria de los mecanismos de acceso, certificación y firma digital.

 

La resolución agrega que la vigencia del mecanismo para firma digital amparado por certificado digital se extenderá por la proximidad de la fecha de vencimiento de su periodo de validez, por disposición de la DIAN, por pérdida de la clave privada o porque dicha clave ha sido expuesta o corre peligro de que se le dé un uso indebido.

 

En estos dos últimos casos, el suscriptor o representante está obligado a solicitar la revocación del certificado digital.

 

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Resolución 114, jun. 5/14)

 

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