No hay lugar a la cancelación del RUT si termina anticipadamente la obra para la cual se conformó un consorcio (11:43 a.m.)
01 de Febrero de 2011
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Nota:
71408
Cuando termina la obra para la cual se conformó un consorcio antes del término previsto en el documento del acuerdo consorcial, se puede proceder a actualizar el registro único tributario (RUT), en el evento en que no se vayan a ejercer actividades gravadas con el impuesto sobre las ventas, pues aún no se dan las condiciones para cancelar la inscripción de dicho registro, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de noviembre.
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