Municipios no pueden cobrar por inscribir actividades gravadas con el impuesto de industria y comercio (8:20 a.m.)
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28 de Diciembre de 2018
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El artículo 344 de la Ley 1819 del 2016 ordenó a las entidades territoriales adoptar e implementar el formulario único nacional de declaración y pago del impuesto de industria y comercio. La unificación a nivel nacional del mencionado formulario busca facilitar y optimizar el cumplimiento de la obligación tributaria, además de impulsar la presentación y pago en cualquier lugar del país a través de medios electrónicos. Por lo tanto, es deber de los municipios definirlo, indicó el Ministerio de Hacienda. Si bien el Decreto 3070 de 1983, recogido por el Decreto 1625 del 2016 (DUR del sector Tributario), establece la obligación de registrarse en cada municipio donde se realicen actividades gravadas con el impuesto de industria y comercio, no existe autorización legal para cobrar por dicha inscripción.
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