Municipios deberán armonizar actividades de ICA a la clasificación general que para el efecto prevea la Dian (3:40 p.m.)
22 de Octubre de 2019
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Nota:
113239
A partir del año 2020, los municipios deben armonizar la clasificación de actividades económicas de sus registros de información tributaria y de las tarifas del impuesto de industria y comercio (ICA) a la clasificación de actividades económicas que adopte o que esté vigente por parte de la Dian, para efectos de control y determinación de los impuestos y demás obligaciones tributarias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1955 del 2019, recordó el Ministerio de Hacienda. Así las cosas, para efectos de establecer el código de actividad que le corresponde a una empresa en particular, será necesario verificar la clasificación de actividades adoptada mediante acuerdo del concejo en cada municipio ante el cual deba presentar declaración del mencionado tributo.
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