Licencia de demolición y cerramiento puede generar impuesto de delineación urbana (11:32 a.m.)
01 de Marzo de 2017
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Nota:
53927
La licencia de demolición por sí sola no genera impuesto de delineación urbana, si se tiene en cuenta que el hecho generador del tributo consiste en la construcción de edificios nuevos o la refacción de los existentes, así lo aseguró la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Por esa razón, si bien se clasifica la licencia de demolición dentro de las modalidades de construcción, la ata a que dicha licencia sea pedida con otro tipo de licencia de construcción, como son las de obra nueva, ampliación, modificación, reforzamiento y cerramiento; de lo contrario, no podría generarse el mencionado impuesto de manera independiente. Lo anterior salvo en los eventos previstos en el mismo numeral 6º del artículo 7º del Decreto 1600 del 2005, es decir, cuando se trate de proyectos de renovación urbana o de la ejecución de obras de infraestructura vial o de servicios públicos domiciliarios que se encuentren contemplados en el plan de ordenamiento territorial o en los instrumentos que lo desarrollen y complementen. Por otro lado, indicó que este decreto también incluye dentro de las licencias urbanísticas de construcción la licencia de cerramiento, que es la autorización para encerrar de manera permanente un predio, es decir, que dicha licencia se concede no para cualquier tipo de cerramiento sino para aquél que implique no solo construcción, pues pertenece a este tipo de licencias urbanísticas, sino que perdure en el tiempo. Acorde con lo anterior, la Sala concluyó que las licencias de demolición y cerramiento, en las condiciones antes anotadas, las cuales se desprenden de las definiciones contenidas en el Decreto 1600 que las regula a nivel nacional, encuadran dentro de aquellas que dan lugar a que se genere el impuesto de delineación urbana.
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