12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 15 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Libros y papeles del comerciante se deben conservar por diez años, CTCP (2:19 p.m.)

04 de Marzo de 2019

Reproducir
Nota:
121933
De acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 962 del 2005 y en los artículos 51 y 33 del Código de Comercio, los libros y comprobantes que sirvan de respaldo a las partidas asentadas en los libros de comercio, con los documentos que los justifiquen, los papeles del comerciante y la correspondencia relacionada con el negocio, deberán ser conservados por el término de diez años, contados a partir de la fecha del último asiento, documento o comprobante, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En este caso, y a elección del comerciante, se puede utilizar la conservación en papel o en cualquier medio técnico, magnético o electrónico que garantice su reproducción exacta.  

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)