Ley 863 del 2003 controló la práctica de aumento o disminución de pérdidas por parte de los contribuyentes de renta (4:50 p.m.)
31 de Mayo de 2012
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Nota:
81345
Con el fin de controlar la práctica evasiva de los contribuyentes de renta de aumentar o disminuir sus pérdidas sin sanción o control alguno, el artículo 24 de la Ley 863 del 2003 adicionó al Estatuto Tributario con el artículo 647-1, sobre rechazo o disminución de pérdidas, y optó porque la disminución se considerara como una disminución del saldo a favor, para efectos de las sanciones tributarias, en cuantía equivalente al impuesto que teóricamente generaría la pérdida rechazada o disminuida en la corrección, recordó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por su parte, el control del incremento de la pérdida inicialmente declarada antes de la firmeza de la declaración se logra en la medida en que la corrección debe hacerse según el procedimiento del artículo 589 del E.T, el cual está ligado con la disposición mencionada.
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