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La tarifa del impuesto de industria y comercio para la edición de libros en Bogotá debe ser fijada por el Concejo Distrital (2:33 p.m.)

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20 de Mayo de 2010

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El Decreto Ley 1421 de 1993 facultó al Concejo de Bogotá para fijar las tarifas del impuesto de industria y comercio, indicó el Consejo de Estado. Según el alto tribunal, esa facultad fue ejercida por medio del acuerdo 28 de 1995, en el que el concejo adoptó el plan de racionalización tributaria de Bogotá y precisó que las tarifas serían las mismas que venían rigiendo. En ese sentido, la intención del concejo frente a la actividad de publicación de revistas, libros y periódicos fue gravarla con un valor del tres por ciento. Con estos argumentos, la corporación descartó que el Decreto 423 de 1996 creara una nueva tarifa para la edición de libros. De igual forma, advirtió que el Alcalde Mayor de Bogotá no tenía competencia para asignar una tarifa para esa actividad en la resolución 1195 de 1998, pues el concejo ya la había fijado. Por esa razón, confirmó la nulidad de la disposición contenida en esa resolución que fijaba ese valor y aclaró que la edición de libros es una actividad de servicios (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).

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