La fusión de sociedades tiene efectos a partir de la formalización del acuerdo (3:00 p.m.)
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07 de Septiembre de 2012
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La fusión de sociedades tiene lugar cuando varias se disuelven sin liquidarse para ser absorbidas por otra o para crear una nueva, señaló el Consejo de Estado. En ese sentido, indicó que la fusión tiene efectos a partir del momento en que se formalice el acuerdo, esto es, desde la fecha en que se eleve la correspondiente escritura pública que lo contenga, suscrita por los representantes legales de las sociedades participantes. De esta forma, determinó el momento a partir del cual se entiende que una entidad financiera absorbente puede beneficiarse del contrato de estabilidad tributaria que había celebrado la sociedad absorbida y desde cuándo debe la primera pagar el impuesto al patrimonio (C.P. Carmen Teresa Ortiz).
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