Inician vencimientos de renta para personas jurídicas (3:10 p.m.)
09 de Abril de 2019
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Nota:
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Desde hoy y hasta el próximo 10 de mayo vence el plazo para que las personas jurídicas cumplan con el pago de la primera cuota del impuesto sobre la renta y complementarios, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT. Los plazos para presentar la declaración del impuesto y para cancelar en dos cuotas el valor a pagar, el anticipo y la sobretasa fueron definidos en el Decreto 2442 del 2018, la norma precisa que para la segunda cuota se deberá atender el último dígito del NIT. Para las personas naturales y sucesiones ilíquidas, los vencimientos, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su NIT, iniciarán el 6 de agosto y finalizarán el 17 de octubre del 2019. Por su parte, las entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial deberán presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2018 dentro de los mismos plazos indicados para las personas jurídicas.
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