Indemnización por responsabilidad fiscal siempre debe estar indexada (3:40 p.m.)
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12 de Marzo de 2019
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La Contraloría precisó los alcances de la indemnización por responsabilidad fiscal. En respuesta al problema jurídico planteado de si era procedente la indexación en el daño fiscal, la entidad consideró que sí, porque la naturaleza de la indemnización es el resarcimiento, es decir, la reparación por el daño causado al patrimonio público, como consecuencia de una conducta dolosa o culposa, por ende dicho resarcimiento debe ser integral, esto implica que el daño se repare con el daño emergente, el lucro cesante y el valor debe estar indexado. Ahora bien, debe aclararse que esto no implica de ninguna manera un enriquecimiento ilícito.
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