Grupo 2 de NIIF puede aplicar el marco técnico del grupo 1, si lo manifiesta antes del 31 de diciembre del 2013 (2:48 p.m.)
26 de Diciembre de 2013
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Nota:
93653
Las empresas pertenecientes al grupo 2 de implementación de normas internacionales de información financiera (NIIF) que manifiesten antes del 31 de diciembre del 2013 su intención de aplicar las NIIF plenas pueden tener en cuenta el cronograma previsto en el Decreto 2784 del 2012, por el cual se fijó el marco técnico para el grupo 1, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Por el contrario, si manifiestan la intención de hacerlo en fecha posterior, es decir, a partir del 1° de enero del 2014, el cronograma será el correspondiente al grupo 2, precisó la entidad.
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