Firma de los estados financieros por parte del contador entrante o saliente es un asunto contractual (8:10 a.m.)
28 de Diciembre de 2018
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Nota:
111213
Frente a una consulta sobre si los estados financieros de una entidad los debe firmar el contador público entrante al cargo o el saliente del mismo, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública señaló que la definición de quién firma los estados financieros al cierre del ejercicio contable corresponde a lo acordado contractualmente entre el contador público y la respectiva entidad, bajo la observancia de las directrices previstas en la Ley 43 de 1990 (artículos 42, 43, 44 y 45) y el código de ética incorporado en el anexo 4 del Decreto 2420 del 2015 y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
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