Exención de impuestos para asfaltos no se extiende a los contratos de construcción de vías (2:48 p.m.)
08 de Junio de 2010
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Nota:
66752
Con el fin de fomentar la pavimentación de carreteras y calles, la Ley 30 de 1982 exoneró los asfaltos de todo impuesto. En un reciente concepto, la DIAN reiteró que ese beneficio se circunscribe exclusivamente al asfalto y a las actividades que de manera directa se relacionan con su producción o comercialización, incluido el transporte. De esta forma, la exención no puede extenderse a los contratos de construcción de vías y carreteras.
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