Pasar al contenido principal
26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario

Tributario


Estos son los topes para declarar renta en el 2016

11 de Diciembre de 2015

Reproducir
Nota:
16353
Imagen
medi-151211-01impuestosshut-1509242461.jpg

 

A través del Decreto 2243 del 2015, el Gobierno estableció los plazos para la presentación de las declaraciones y pago de los impuestos administrados por la Dian para el 2016.

 

Uno de los aspectos definidos por la norma son los valores tope de patrimonio bruto, ingresos, compras con tarjeta, consumos en general y valor acumulado de las consignaciones bancarias a partir de los cuales las personas naturales están obligadas a declarar renta, dentro de los que se incluyen los empleados, trabajadores por cuenta propia y las personas naturales que cumplan con los siguientes requisitos:

 

  • Patrimonio bruto en el último día del año gravable 2015 que exceda de 4.500 UVT: $ 127´256.000.

 

  • Ingresos brutos superiores a 1.400 UVT: $ 39´591.000.

 

  • Consumos mediante tarjeta crédito que excedan de 2.800 UVT: $ 79´181.000.

 

  • Valor total de compras y consumos que supere 2.800 UVT: $ 79´181.000.

 

  • Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras que excedan 4.500 UVT: $ 127´256.000.

 

Es decir, ingresos brutos de $ 39´591.000 representarían un ingreso mensual de $ 3.299.250.

 

Los vencimientos para cumplir con la obligación de declarar y/o pagar comenzarán el 9 de agosto y terminarán el 19 de octubre del 2016, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

 

En el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera cuota (de tres), se cumplirá entre el 9 y 22 de febrero; para la segunda será entre el 12 y el 25 de abril del 2016; y la tercera deberán pagarla entre el 9 y 22 de junio, a partir del último dígito del NIT.

 

Las personas jurídicas y demás contribuyentes deberán cumplir con la primera cuota de esta obligación entre el 12 de abril y el 10 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, mientras que el otro porcentaje del impuesto a cargo deberán pagarlo entre del 9 al 22 de junio del próximo año, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

 

Es valido señalar que, en lo corrido de este año, el recaudo bruto acumulado de impuestos alcanzó la cifra de $ 116,6 billones, valor que representa una variación nominal de 8,1 % respecto a igual periodo del 2014, en el que se logró un ingreso de $ 107,8 billones, de acuerdo con cifras reveladas por la Dian.

 

Según la autoridad tributaria, esta variación se debe principalmente al comportamiento del recaudo por retención en la fuente (a título de Renta, retención de IVA y timbre), en el que se ve un incremento de 12,6 %, pasando de $ 28,8 billones en 2014 a $ 32,4 billones en el 2015, con una participación en la variación de 3,4 %. (Lea: Este es el calendario tributario para el 2016)

 

Dian, Comunicado, Dic. 11/15

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)