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Estos son los puntos clave de la nueva reforma tributaria, sancionada por el Ejecutivo

23 de Diciembre de 2014

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El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó este martes la nueva reforma tributaria aprobada por el Congreso de la República.

 

El mandatario afirmó que la norma “no afecta a la clase media del país ni a las pequeñas y medianas empresas”, y agregó que todos los recursos que provengan de ella “van para inversiones sociales o productivas”.

 

Las modificaciones, agregó, le permitirán al Gobierno recaudar 53 billones de pesos para los siguientes cuatro años, así: 12,5 billones, para el 2015; 13 billones, para el 2016; 13,5 billones, para el 2017, y 14 billones, para el 2018.

 

Los siguientes son los principales puntos de la reforma:

 

Impuesto a la riqueza. La norma crea el impuesto a la riqueza, que grava patrimonios netos superiores a 1.000 millones de pesos. Este tributo tendrá una tarifa máxima del 1,15 %, en el 2015; del 1 %, en el 2016; del 0,4 %, en el 2017, y desaparecería en el 2018. Según cifras del Ejecutivo, este impuesto recaería sobre 52.000 personas naturales (el 0,1 % de la población) y 32.000 empresas (el 9 % de las sociedades que pagan impuesto de renta).

 

Sobretasa del Cree. Se gravan las utilidades de las empresas superiores a 800 millones de pesos, con una tarifa del 5 %, en el 2015; del 6 %, en el 2016; del 8 %, en el 2017, y del 9 %, en el 2018. La sobretasa cobijaría a cerca de 7.000 empresas (el 2,9 % de los contribuyentes de este impuesto). Igualmente, el noveno punto de la sobretasa del Cree, aprobado para el periodo 2013-2015, se vuelve permanente y, a partir del 2016, se destinaría en un 60 % a la educación superior, y en un 40 %, a la atención integral de la primera infancia.

 

Impuesto complementario. La ley crea un impuesto complementario del 10 % a la riqueza, para los contribuyentes que declaren en el 2015 sus activos omitidos tanto en Colombia como en el exterior.

 

Descuento en renta e IVA. Se prevé un descuento en el impuesto sobre la renta equivalente a dos puntos del impuesto sobre las ventas (IVA) pagado en la adquisición de bienes de capital (maquinaría, equipo, muebles de oficina, entre otros). Así mismo, se amplía el descuento del IVA en la importación de maquinaria pesada para industrias básicas, cuando se compren en el país.

 

Cuatro por mil. El gravamen a los movimientos financieros (GMF) continúa con una tarifa del 4 x 1.000, hasta el año 2018, para iniciar su desmonte gradual, a partir del 2019.

 

Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS). Este gravamen se aplicará únicamente a las personas naturales residentes en el país clasificadas en la categoría de empleado, que en el respectivo año o periodo gravable hayan obtenido ingresos brutos inferiores a 2.800 Unidades de Valor Tributario (UVT) y hayan poseído un patrimonio líquido inferior a 12.000 UVT.

 

Comisión tributaria. La ley ordena la creación de una comisión encargada de examinar el régimen tributario, que le entregará al Ejecutivo una hoja de ruta sobre las reformas necesarias para que el sistema sea más equitativo y eficiente. 

 

Sanciones. Se endurece el castigo para quienes omitan bienes y activos superiores a 8.000 millones de pesos, con una sanción administrativa correspondiente al 200 % del mayor valor del impuesto a cargo.

 

(Congreso de la República, Ley 1739, dic. 23/14)

 

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