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Estos son los efectos de un acuerdo de reorganización (12:19 p.m.)

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07 de Marzo de 2019

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La providencia que aprueba el acuerdo de reorganización es un fallo judicial que pone fin al conflicto derivado del concurso de acreedores del deudor insolvente, contra la cual no procede recurso alguno, indicó la Superintendencia de Sociedades. Las obligaciones objeto del acuerdo, sin excepción, quedan gobernadas en los términos del mismo, independientemente de que los acreedores sean personas privadas o públicas, de manera que los procesos ejecutivos en curso terminan. Así mismo, señaló la entidad, no pueden adelantarse nuevos procesos ejecutivos sobre tales obligaciones, debido a que han quedado reestructuradas y, por lo tanto, en adelante no pueden considerarse en mora o incumplidas. Sin embargo, cuando sean desatendidos los nuevos términos, plazos y condiciones de cumplimiento puede hablarse de mora, terminación del acuerdo e inicio de un proceso de liquidación judicial.    

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