Este es el calendario tributario del 2014 para San José del Guaviare (8:23 a.m.)
10 de Enero de 2014
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Nota:
94362
El Acuerdo 051 del 2012, Estatuto Tributario para el municipio de San José del Guaviare, señala en el artículo 64 que el plazo máximo para la declaración y el pago del impuesto de industria y comercio (ICA) de cada vigencia o año en que se causó el impuesto será el último día hábil del mes de julio de la siguiente vigencia en la que se causó el impuesto; en consecuencia, a partir del mes de agosto de la siguiente vigencia se generarán intereses de mora. Por su parte, el artículo 25 establece que el plazo máximo para el pago del impuesto predial unificado de cada vigencia o año en que se causó el impuesto será el último día hábil del mes de noviembre de esa vigencia; así, a partir del mes de diciembre se generarán intereses de mora. Para el caso del impuesto de vehículos, el artículo 156 de la Ordenanza 25 del 2010 (Estatuto de Rentas Departamental) señala que los contribuyentes deberán presentar la declaración y pagar en el plazo que inicia el 1º de enero y vence el último día hábil del mes de julio del mismo año gravable. Quienes declaren y paguen la totalidad del impuesto hasta el último día hábil de febrero del mismo año tendrán 15 % de descuento; entre el 1º y el 31 de marzo, el 10 % y entre el 1º y el 30 de abril, el 5 %.
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