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Estas son las principales conclusiones de la Corte respecto a la última demanda contra la reforma tributaria del 2016 (9:50 a.m.)

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12 de Febrero de 2018

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Al estudiar una acción de inconstitucionalidad que atacaba varios temas importantes  de la reforma tributaria del 2016, la Corte Constitucional estableció, principalmente, que la facultad de la administración tributaria para desconocer los deducibles de expensas provenientes de conductas típicas no se aplicaba de manera automática, puesto que debía ser producto del procedimiento administrativo de determinación del impuesto que regulaba la nueva normativa tributaria.  Así mismo, el alto tribunal determinó que los valores por concepto de cobro de los servicios de acreditación y autorización que sean generados por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales configuran una tasa, por lo cual no hay desconocimiento del principio de unidad de materia. Los magistrados Gloria Stella Ortiz Delgado y Alberto Rojas Ríos salvaron parcialmente su voto. En el documento adjunto a esta nota encuentre las demás consideraciones de la Sala respecto a las demás materias que fueron demandadas (M. P. Carlos Bernal Pulido).

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