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Tributario


Estas son las condiciones para ser calificado como gran contribuyente

27 de Enero de 2014

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Nota:
21947

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante la Resolución 027 del 2014, estableció las condiciones y el procedimiento para determinar la calificación de los grandes contribuyentes del país.

 

De acuerdo con la resolución, serán calificados como grandes los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen tributario general u ordinario quienes cumplan con, al menos, una de las siguientes condiciones:

 

- Que sus activos fijos declarados en el impuesto de renta y complementarios sean  superiores a 3.000.000 UVT.

- Que su patrimonio líquido declarado en el impuesto de renta y complementarios sea superior a 3.000.000 UVT.

- Que sus ingresos brutos en el impuesto de renta y complementarios sean superiores a  2.000.000 UVT.

- Que el valor del total impuesto a cargo declarado en el impuesto de renta y  complementarios sea superior a 35.000 UVT.

- Que el total anual de retenciones informadas en sus declaraciones mensuales de  retenciones en la fuente, sea superior a 300.000 UVT.

- Que el total anual del impuesto generado por operaciones gravadas, formulario 300, sea  superior a 200.000 UVT.

- Que el valor CIF de las importaciones sea superior a US $10 millones de dólares de  Norteamérica.

- Que el valor FOB de las exportaciones sea superior a US $10 millones de dólares de Norteamérica.

 

La DIAN aclaró que podrá retirar esta calificación a los contribuyentes, responsables  o agentes retenedores que se encuentren intervenidos, en proceso de liquidación, en  proceso de concordato, acuerdo de reestructuración o reorganización, o aquellos que no  se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias.

 

También podrá hacerlo con aquellos contribuyentes sancionados en el último año por incumplimiento de los deberes de facturar e informar o por hechos irregulares en la contabilidad.

 

Por último, la entidad indicó que dará a conocer antes del 1º de febrero, los nombres y razón social, así como el número total de contribuyentes que conforman este grupo.

 

(DIAN, Res. 027, ene. 23/14)

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