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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Dos ponencias para último debate tiene propuesta sobre monopolio rentístico de licores (10:24 a.m.)

16 de Septiembre de 2016

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Nota:
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La ponencia negativa argumenta que mediante este proyecto de ley se pretende relativizar y romper el monopolio definido y establecido por la Constitución en el artículo 336. En consecuencia, cualquier modificación o alteración a ese concepto deberá hacerse vía acto legislativo y no mediante la tramitación de un proyecto de ley. Otro de los argumentos esgrimidos en la ponencia es que el proyecto se sustenta en supuestos compromisos internacionales; sin embargo, de acuerdo al ponente, estos nunca se incluyeron en la negociación de los tratados de libre comercio suscritos por Colombia. Adicionalmente, la iniciativa generaría una apertura total del sector, lo cual causaría una promoción e incentivo al consumo de licores. Por otra parte, la ponencia positiva plantea la posibilidad de establecer el monopolio rentístico de licores para la financiación de los servicios de educación y salud de los departamentos. Así las cosas, serán las asambleas departamentales las competentes de autorizar la explotación directa o indirecta de la producción e introducción de licores destilados a la entidad territorial. La iniciativa, además, regula lo pertinente a la celebración de contratos para el ejercicio del monopolio, los cuales se adjudicarán mediante licitación pública a iniciativa del Gobernador. Así, siempre según la ponencia, la entidad territorial deberá realizar un proceso de subasta dentro del cual el valor mínimo de oferta será el que previamente la asamblea departamental haya fijado como derecho de explotación. Los contratos tendrán una duración de entre 5 y 10 años y podrán prorrogarse por la mitad del tiempo inicial,  caso en el cual el contratista deberá pagar el valor correspondiente a los derechos de explotación vigentes que la asamblea defina. Las prórrogas no podrán ser ni automáticas ni gratuitas. Por su parte, se establecerían medidas indemnizatorias para las personas (naturales o jurídicas) que en virtud de la aplicación de la futura ley queden privadas del ejercicio de su actividad económica. Ahora bien, el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares se liquidaría con un componente específico por cada grado alcoholimétrico en unidad de 750 centímetros cúbicos, que será de $ 200. La plenaria del Senado será la encargada de tomar la decisión final sobre esta iniciativa.

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