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Diferenciación entre sociedades contribuyentes del impuesto de renta sería inconstitucional (11:47 a.m.)

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22 de Marzo de 2018

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Por presuntamente vulnerar el principio de buena fe y la libertad de empresa fue demandado el numeral 6° del artículo 100 de la Ley 1819 del 2016, reforma tributaria estructural, que establece sobre las personas jurídicas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios que “el cambio de composición accionaria de estas sociedades, con posterioridad a la vigencia de la presente ley, implica la pérdida del tratamiento preferencial y se someten a la tarifa general de que trata el artículo”. A juicio del demandante, esta disposición no obedece a criterios de razonabilidad y proporcionalidad al interferir en asuntos internos de la empresa como la organización empresarial y los métodos de gestión, y presumir que cualquier cambio en la composición accionaria es producto de una transacción defraudatoria de los fines del fisco. Por lo anterior, solicitó a la Corte Constitucional declarar su inexequibilidad (Demandante: Juan Esteban Sanín Gómez).

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