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Noticias / Tributario


Días sin IVA y reducción de aportes a salud para pensionados buscan darle cara social a la tributaria

27 de Noviembre de 2019

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Ayer fue radicada la ponencia para primer debate de la ahora denominada ley de crecimiento económico, que reviviría la Ley de Financiamiento declarada inexequible por la Corte Constitucional, cuyo texto ahora consta de 136 artículos. Como novedad, se plantean cuatro medidas para superar las brechas que padece la población vulnerable y fortalecer a la clase media, de acuerdo con el viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño.

 

La primera de ellas es la devolución de IVA para el 20 % de la población más pobre de Colombia. La segunda medida pretende reducir gradualmente los aportes a salud de los jubilados que reciben un salario mínimo, del 12 % al 4 %; en principio, el próximo año se reduciría al 8 % y en 2022, al 4 %. (Lea: El escenario que deja la inexequibilidad de la Ley de Financiamiento)

 

El tercer planteamiento tiene que ver con la creación de incentivos adicionales a los que generen empleo para jóvenes entre los 18 y 28 años. “Quienes los contraten podrán tener una deducción adicional a la que hoy existe en la ley, para que eso nos permita aumentar el número de empleo en el país”, señaló Londoño.

 

De igual manera, se proponen de tres días sin IVA al año, en los que se podrá adquirir vestuario, calzado, útiles y algunas tecnologías a precios más bajos. El funcionario aseguró que los recursos para cumplir estas medidas están y de ninguna manera se atenta contra la disciplina fiscal del país. (Lea: Esto dice la nueva reforma tributaria radicada ante el Congreso)

 

 

Otras modificaciones

 

Es importante aclarar que esta ponencia consta de 136 artículos, 26 más que los incluidos en el texto radicado el pasado 22 de octubre, lo cual advierte que la posición inicial del presidente Duque sobre tramitar la misma Ley de Financiamiento desapareció.

 

Se mantiene dentro del articulado la sobretasa transitoria a la renta de las entidades financieras, que en este caso está planteada en el artículo 72, que adicionaría el parágrafo séptimo al artículo 240 del Estatuto Tributario.

 

También se conserva dentro de las medidas para el crecimiento económico el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE.  Eso sí, se propone eliminar el numeral 7º del artículo 437 del Estatuto Tributario, con el fin de que no todos los contribuyentes que se inscriban en el régimen se conviertan en responsables del IVA. Se propone incorporar un parágrafo que precise que los contribuyentes del SIMPLE que desarrollen únicamente la actividad 1 del artículo 908 del Estatuto Tributario no serán responsables del IVA.

 

Además, se eliminaría el artículo 21 del proyecto de ley, que propone adicionar el artículo 512-22 al Estatuto Tributario, que consagra el impuesto nacional al consumo de bienes inmuebles, el cual recae sobre la enajenación, a cualquier título, de bienes inmuebles cuyo valor supere 26.800 UVT.

 

En renta para personas naturales se mantiene el límite de las rentas exentas y deducciones que pueden restarse para calcular la renta líquida de la cédula general del 40 % y el límite de 5.040 UVT.

 

En cuanto al desmonte de la renta presuntiva, se propuso reducirla de 1,5 % a 0,5 % en 2020 y a partir del 2021 será del 0 %

 

Varios sectores han criticado la ponencia y que el presidente Duque continúe con el trámite de su reforma tributaria; inclusive el presidente del Congreso solicitó aplazar el debate:

 

Congreso de la República, ponencia proyecto de ley 278/19C-227/19S, Nov. 26/19.

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