Tributario
DIAN propone reglas para calcular retención en la fuente mínima
12 de Abril de 2013
Para obtener la base de retención, es posible descontar los ingresos previstos legalmente como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, las deducciones del artículo 387 del Estatuto Tributario y del artículo 2° del Decreto 99 del 2013 y los aportes obligatorios al SGSSS, entre otros.
Así lo propuso la DIAN, en un proyecto de norma que plantea reglas para calcular la retención en la fuente mínima y el ámbito de aplicación del impuesto mínimo alternativo simple (IMAS).
Quienes estén interesados en realizar comentarios a la iniciativa pueden hacerlo hasta hoy, 12 de abril, al correo electrónico comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.
De otro lado, en un concepto reciente, la entidad recordó que desde el pasado 1º de abril, la retención en la fuente mensual sobre los pagos o abonos efectuados a las personas naturales residentes en el país pertenecientes a la categoría de empleados cuyos ingresos totales en el año gravable inmediatamente anterior sean iguales o superiores a 4.073 unidades de valor tributario (UVT) no puede ser inferior a la que resulte mayor al aplicar las tablas de los artículos 383 y 384 del Estatuto Tributario.
De esta manera, la respondió una consulta sobre el procedimiento para aplicarle dicha tabla a un empleado no declarante de renta y perteneciente al régimen simplificado de IVA, respecto de un contrato por prestación de servicios cuyos ingresos no superaban las 95 UVT.
Vale la pena recordar que el valor de la UVT para el años 2013 es de 26.841 pesos.
(DIAN, Concepto 12646 (179), mar. 1º/13)
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