DIAN propone ajustes a la norma que reglamenta el RUT (4:10 p.m.)
Redacción legis
26 de Febrero de 2014
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Conforme al parágrafo 3° del artículo 50 del Decreto 2972 del 2013 (calendario tributario nacional 2014), los inversionistas no residentes ni domiciliados en Colombia titulares de inversiones de capital del exterior de portafolio para efectuar la inversión deben identificarse con el NIT, para lo cual el administrador de la inversión deberá realizar, a nombre de estos, su inscripción en el RUT. En tal sentido, la DIAN presenta un proyecto de norma para incluir en el Decreto 2460 la reglamentación de los requisitos y procedimientos necesarios para adelantar ese trámite. Dentro de los requisitos incluiría la certificación por parte del fondo que administra la inversión, donde informe el número de identificación en el exterior, país de origen y nombres y apellidos o razón social del inversionista, según sea el caso. La entidad recibirá observaciones hasta el 5 de marzo, en el correo fmorenor@dian.gov.co.
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