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Dian explica procedimiento para declarar ingreso o salida de dinero en efectivo

Formularios 530 y 532 deben presentarse impresos ante las autoridades aduaneras en aeropuertos o fronteras.
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22 de Mayo de 2025

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) explicó los procedimientos para la declaración obligatoria del ingreso o salida de dinero en efectivo por montos superiores a los US $ 10.000 o su equivalente en otras monedas. Para este fin, se han dispuesto dos formularios: el 530 para viajeros y el 532 para usuarios diferentes a viajeros. Cada régimen posee exigencias específicas y canales distintos de trámite ante las autoridades aduaneras.

Según la normativa, el Formulario 532 debe ser diligenciado por personas naturales o jurídicas, residentes o no en Colombia, que remitan o reciban efectivo a través de empresas de transporte de valores autorizadas. Estos usuarios no pueden realizar el transporte físico del dinero, ya que esta labor corresponde exclusivamente al personal de dichas empresas. La declaración debe hacerse a través de los servicios informáticos de la Dian y luego presentarse de forma impresa ante la autoridad aduanera correspondiente. (Lea: Dian aclara requisitos para registrar libros de contabilidad de manera correcta y oportuna)

Las empresas de transporte de valores también tienen responsabilidades específicas. Deben informar a la Subdirección de Gestión de Control Cambiario de la Dian los nombres, identificaciones y firmas de sus representantes autorizados para suscribir el Formulario 532 en cada aeropuerto internacional o paso fronterizo donde operen. Este procedimiento busca garantizar el control y trazabilidad de las operaciones de ingreso y salida de dinero en efectivo realizadas por medios distintos a los viajeros comunes.

El régimen aplicable a viajeros se diferencia por utilizar el Formulario 530, el cual puede solicitarse en las aerolíneas o ante la autoridad aduanera del aeropuerto. En caso de necesitar un duplicado, el viajero debe diligenciar dos ejemplares. Este formulario es obligatorio para quienes transporten efectivo o títulos representativos de dinero por un monto superior a US $ 10.000. Tanto los viajeros como los usuarios distintos a viajeros deben cumplir con estas disposiciones para evitar sanciones o decomisos, según las disposiciones vigentes.

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