14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Día del Contador Precisan la responsabilidad solidaria de los liquidadores frente a deudas insolutas (4:05 p.m.)

01 de Marzo de 2019

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Nota:
121946
Los liquidadores son solidariamente responsables por la deudas insolutas de la sociedad únicamente en el evento en que desconozcan la prelación en el pago de los créditos fiscales. Este desconocimiento puede darse cuando la obligación se presentó al proceso para su graduación y no se cancele con la debida prelación legal, si ante la comunicación sobre la existencia de un proceso de determinación no se realiza la provisión para el eventual pago o cuando no se atiende el pago de los gastos de administración. Dicha solidaridad, precisó la Dian, no es la prevista en el artículo 794 del Estatuto Tributario para los socios y participes por los impuestos que se determinen a cargo de la sociedad y a prorrata.     

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