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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Determinación de costos estimados y presuntos no es procedente para su estimación en la prestación de servicios (5:00 p.m.)

24 de Septiembre de 2012

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Nota:
84228
El artículo 82 del Estatuto Tributario (ET) señala que cuando el funcionario que esté adelantando el proceso de fiscalización respectivo no puede determinar el costo mediante pruebas directas, puede hacerlo teniendo en cuenta el incurrido durante el año o periodo gravable por otras personas que hayan desarrollado la misma actividad del contribuyente o hayan realizado operaciones similares de enajenación de activos, atendiendo a los datos estadísticos de las autoridades competentes. El Consejo de Estado precisó que esta determinación de costos estimados y presuntos solo opera para los activos enajenados, mas no para la prestación de servicios. Además, si existen pruebas aportadas por los contribuyentes para la determinación de estos, esa documentación debe ser objeto de valoración. De otra parte, indicó que la posibilidad de restar los costos de los ingresos netos está supeditada a que esos estén probados o se determinan de acuerdo con el artículo 82 mencionado (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).

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