Definen porcentaje específico del monto para otorgar beneficios tributarios por inversión en investigación científica y desarrollo tecnológico (3:43 p.m.)
29 de Abril de 2019
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Nota:
112175
El porcentaje de participación de las pequeñas y medianas empresas - Pymes en el monto máximo total definido por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT) de la deducción y del descuento, previstos, respectivamente, en el parágrafo 1° del artículo 158-1 y en el artículo 256 del Estatuto Tributario, será del 15 %. Cuando el cupo demandado sea inferior al asignado, el valor restante será asignado en la última sesión de cada vigencia fiscal a los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación que presenten las empresas clasificadas en otros tamaños. Este porcentaje podrá ser revisado y actualizado cuando al cierre de la vigencia fiscal el monto de los proyectos con calificación positiva supere el monto del porcentaje específico de las Pymes y se incrementará para la siguiente vigencia fiscal con base en la fórmula que se señala en el Decreto 705 del 2019.
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