Deducción especial recae también sobre las partes utilizadas en la elaboración del activo fijo (2:22 p.m.)
12 de Junio de 2013
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Nota:
88735
El Consejo de Estado reiteró que la deducción especial por inversión en activos fijos reales productivos procede en la medida en que se cumplan las condiciones señaladas en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario y en el Decreto 1766 del 2004. Estas normas no excluyen del beneficio las partes o repuestos utilizados para mejorar o actualizar los activos ya existentes. Por el contrario, el inciso 3° del artículo 3° del mencionado decreto permite que la deducción especial se aplique por la adquisición de bienes que constituyan el costo de los activos fijos reales productivos construidos o fabricados por el contribuyente, concluyó el alto tribunal (C. P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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