¿Costos de producción hacen parte de la base gravable de la contribución especial? (1:42 p.m.)
25 de Febrero de 2019
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Nota:
122039
De acuerdo con los criterios fijados por la Corporación en fallo del 23 de septiembre del 2010, la Sección Cuarta del Consejo de Estado explicó que las cuentas del grupo 75 - costos de producción del plan de contabilidad para entes prestadores de servicios públicos domiciliarios no integran la base gravable de la contribución especial. Lo anterior ya que la noción de costos no se puede equiparar a la de gastos de funcionamiento, porque la Ley 142 de 1994 no lo previó así (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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